Auto Supremo AS/0959/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0959/2018

Fecha: 01-Oct-2018

POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,

POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num. 1) de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación de los arts. 106.I y 220.III del Código Procesal Civil, ANULA obrados hasta el Auto de admisión de fecha 21 de septiembre de 2015 que cursa de fs. 33 vta. a 34, inclusive, disponiendo que el Juez de instancia, antes de admitir la demanda de usucapión decenal o extraordinaria, instruya que la parte actora adjunte certificado y/o documento en el que conste la o las personas que figuran como últimos titulares registrales de la totalidad del inmueble que pretende usucapir, en base a los fundamentos expuestos en la presente resolución