Auto Supremo AS/0960/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0960/2018

Fecha: 01-Oct-2018

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8.Refiere que otro principio transgredido por el Tribunal de alzada, es el de verdad material, dispuesto en el art. 1 del Código Procesal Civil, y reconocido por el art. 180.I de la CPE, en sentido de que la autoridad judicial debe verificar plenamente los hechos que sirven de motivo a sus decisiones, para lo cual debe adoptar las medidas probatorias necesarias y autorizadas por la Ley, aun cuando no hayan sido propuestas por las partes