Por todas las consideraciones realizadas, corresponde emitir resolución en la forma prevista por el art
En ese entendido, en el presente caso, correspondía que el Juez de instancia aplique el mandato dispuesto por el art. 24 del Código Procesal Civil, que en su num. 1 inc. a), claramente refiere que la autoridad judicial tiene el poder para rechazar en forma inmediata y fundamentada la demanda cuando esta sea manifiestamente improponible, extremo que al no haber acontecido, ni cuando la causa fue sometida ante el Tribunal de alzada, corresponde ser enmendada por este Máximo Tribunal de Justicia, declarando la improponibilidad de la demanda, porque en este proceso existen defectos en los presupuestos procesales que no permiten formar y continuar válidamente el proceso, de modo que dicho defecto inhibe a este Tribunal pronunciarse al fondo de la causa.
Por todas las consideraciones realizadas, corresponde emitir resolución en la forma prevista por el art. 220.III del Código Procesal Civil, con relación al art. 106 del citado cuerpo legal
Por todas las consideraciones realizadas, corresponde emitir resolución en la forma prevista por el art. 220.III del Código Procesal Civil, con relación al art. 106 del citado cuerpo legal
- Proceso: Nulidad de escrituras públicas
- CONSIDERANDO I
- Resolución de primera instancia que fue apelada por María de Fátima Fuchtner de Sanjinés, mediante
- CONSIDERANDO II
- 2
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- Respuesta al recurso de casación
- 1
- En base a lo expresado, solicita se conforme el Auto de Vista recurrido y sea
- CONSIDERANDO III
- En ese contexto el autor Lino E
- Sobre este tema la jurisprudencia venezolana en distintos fallos alude al aporte doctrinario de Rafael
- Por otra parte, en la legislación peruana, también se ha avanzado con la teoría de
- Conforme a la amplia gama de los aportes doctrinarios y la evolución de la jurisprudencia,
- De lo que se colige que la improponibilidad subjetiva, alude a la legitimación la cual
- III.2. De la nulidad de oficio
- El art
- En ese marco, el autor Guillermo Cabanellas, en su Diccionario Jurídico, refiere que un derecho
- Ahora bien, cuando de derechos adquiridos hablamos, debemos comprender, que estas hacen alusión a situaciones
- En contraposición a ello; la expectativa del derecho es una pretensión o probabilidad que tiene
- Siguiendo esta ejemplarización y para el caso en concreto, resulta pertinente hacer alusión a las
- En ese contexto, toda persona que es considerada como sucesor eventual o posible heredero, para
- Entonces, ello permite inferir que en vida del causante, el presunto legitimario no tiene, como
- De tal manera que el legitimario de ninguna manera podría intentar disponer de los derechos
- CONSIDERANDO IV
- Expuesta como está la argumentación pretencional de la parte actora, resulta pertinente realizar un análisis
- Se arriba a esta conclusión porque en el cuaderno procesal claramente se advierte que la
- Por todas las consideraciones realizadas, corresponde emitir resolución en la forma prevista por el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por
- Siendo excusable el error en que han incurrido los Vocales del Tribunal de Segunda Instancia
- De conformidad a lo previsto en el art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizú.
