Auto Supremo AS/0960/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0960/2018

Fecha: 01-Oct-2018

En ese marco, el autor Guillermo Cabanellas, en su Diccionario Jurídico, refiere que un derecho

III.3. Sobre la consolidación de la expectativa a la sucesión.
Corresponde previamente realizar algunas apreciaciones concernientes a los derechos expectaticios en relación a los derechos adquiridos, a manera de comprender el modo en que los primeros llegan a consolidarse como derechos consumados para su beneficiario.
En ese marco, el autor Guillermo Cabanellas, en su Diccionario Jurídico, refiere que un derecho expectaticio es aquel que en contraposición al derecho adquirido, no se ha incorporado aun al patrimonio del interesado, de tal manera que este cuenta simplemente con la posibilidad de que un determinado derecho subjetivo se materialice a su favor en el futuro, lo descrito, sin duda permite inferir que el estudio de los derechos expectaticios o expectativa de derechos, necesariamente es realizado en contraposición al derecho adquirido, pues esta resulta siento la antinomia del primero