Auto Supremo AS/0969/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0969/2018

Fecha: 01-Oct-2018

Sobre estos reclamos, se debe tener presente que la impetrante reconoce que el contrato de

Sobre estos reclamos, se debe tener presente que la impetrante reconoce que el contrato de anticresis fue suscrito el 20 de noviembre de 1996 con los esposos Gerardo Sarmiento Vargas y Bertha Rejas de Sarmiento, el cual señala constituye un acto valido que tiene fuerza de ley entre las partes, cuestionando que no debió ser demandada en su calidad de anticresista al existir una contraprestación para ambas partes, y que no obstante de haberse cumplido el plazo estipulado en el contrato, éste fue renovándose tácitamente