Auto Supremo AS/0973/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0973/2018

Fecha: 01-Oct-2018

En lo que respecta a que los vocales de la Sala Civil no consideraron que

Con relación al art. 190 del Código de Procedimiento Civil, expresa que la recurrente no hace mención que está impugnando, lo cual no constituye ser causal de casación; pero además pretende hacer ver que al no haberse realizado una capitulación matrimonial la transferencia sería unilateral y arbitraria (art. 70 del Código de Familia abrogado), pero debe tomarse en cuenta que las capitulaciones tienen origen en el derecho Europeo y de ninguna manera puede dejar sin efecto lo prescrito en el art. 101 del Código de Familia.
En lo que respecta a que los vocales de la Sala Civil no consideraron que la sentencia Nº 62/2015 contaría con los elementos de congruencia, motivación y exhaustividad, sin precisar si se ha probado los puntos de hecho fijados para la demandante, aspecto que no es evidente, por cuanto en su declaración de confesión provocada, la demandante señaló que no conocía al demandado el año 1978 cuando se efectuó la compra del inmueble, entonces de ninguna manera podría decir que la sentencia cuenta con esos tres elementos