Auto Supremo AS/0665/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0665/2018

Fecha: 26-Nov-2018

5) Finaliza señalando que tanto la Juez como el Tribunal de Alzada no consideraron que

5) Finaliza señalando que tanto la Juez como el Tribunal de Alzada no consideraron que la misma prueba testifical de cargo de fs. 121 y vta., y de fs. 124 y vta., acredita que los testigos Miguel Ángel Santander Campos y Hilarión Loza Corani desconocen en lo absoluto que el demandante Mendoza Mora hubiese sido objeto de retiro forzoso intempestivo, lo que no acredita en lo absoluto que el demandante hubiese sido objeto de retiro forzoso intempestivo y tampoco en los obrados del caso de autos existe documento alguno de denuncia de retiro forzoso por parte del demandante ante la oficina laboral de Oruro, por lo que legalmente no corresponde el pago del desahucio, por lo que, deberá revocar parcialmente la Sentencia Nº 098/2016 el Tribunal Supremo de Justicia y declarar no ha lugar el pago de desahucio porque no hubo retiro forzoso intempestivo, sino conclusión de la realización de la obra