Auto Supremo AS/1017/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1017/2018

Fecha: 01-Nov-2018

Conforme a la revisión de obrados se puede establecer que mediante memorial cursante de fs

Conforme a la revisión de obrados se puede establecer que mediante memorial cursante de fs. 726 a 732 de obrados Guido Napoleón Vargas Salguero contesto al recurso de casación bajo los siguientes fundamentos:
Manifiesta que el recurso de casación se concede cuando la ley expresamente lo establece, cumpliendo requisitos para que el recurso proceda, alega que el auto de vista responde de manera clara y precisa a los motivos del recurso de apelación frente a un fallo de primera instancia violatorio del debido proceso, del principio de verdad material, motivo por el cual el Tribunal de Alzada en firme convencimiento de que en el caso de autos correspondía en justicia revoco la sentencia esto conforme al considerando segundo del auto de vista apelado al referirse a una errónea interpretación del art. 136.I del Código Procesal Civil, por cuanto dicho tribunal en el auto de vista determinó que es evidente que el demandante cumplió con la carga de la prueba acreditándose la posesión del mismo, que coincide con la inspección judicial así como con la documentación adjunta en obrados como ser facturas de luz agua, contratos de obra, recibo de pago de alquileres y facturas de construcción, y la exposición de la página web del restaurante Pukara Wasi conforme el acta de audiencia preliminar y que no ha sido objetada por el demandado