Auto Supremo AS/1033/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1033/2018-RRC

Fecha: 23-Nov-2018

Asimismo, el tipo penal de Extorsión (art


Del análisis integral y estructural de cada uno de estos tipos penales (Secuestro, Trata de Personas y Privación de Libertad) se advierte que los mismos son coincidentes en un elemento esencial que los configura, la privación de libertad, sea como un verbo nuclear o como un medio para el logro de un fin específico, aspecto indispensable que debe ser advertido y corroborado en el hecho fáctico probado en juicio oral, en el trabajo intelectivo de subsunción desarrollado con relación a los delitos objeto de acusación, cuya conclusión del Tribunal a quo implicó por un lado el establecimiento de culpabilidad del recurrente con relación a los delitos de Secuestro y Trata de Personas y su absolución con relación al delito de Privación de Libertad, por no haber demostrado la participación del recurrente en el hecho incriminado, situación específica que fue denunciada en el recurso de apelación restringida y que no fue resuelta por el Tribunal de alzada.

Asimismo, el tipo penal de Extorsión (art. 333 del CP), refiere: “El que mediante intimidación o amenaza grave constriñere a una persona a hacer, tolerar que se haga o deje de hacer alguna cosa, con el fin de obtener para sí o un tercero indebida ventaja o beneficio económico…” y de su descripción se advierte del tipo-objetivo que el verbo nuclear constreñir, requiere un elemento objetivo especial para materializarlo, y es a través de la intimidación o amenaza grave, consistentes en la generación de un grave temor en la persona por un hecho presente o futuro