Auto Supremo AS/1033/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1033/2018-RRC

Fecha: 23-Nov-2018

Denunció que la Sentencia se basa en valoración defectuosa de la prueba, conforme el art


Denunció que la Sentencia se basa en valoración defectuosa de la prueba, conforme el art. 370 inc. 6) del CPP, debido a que se lo declara autor de delito de Secuestro Agravado a través de la valoración de unos mensajes que indicaban que la víctima se encontraba en su poder, sin considerar que dichos mensajes no son elementos de prueba que lógica y objetivamente puedan demostrar dicho delito, invocando como precedente contradictorio el Auto Supremo 214/2007 de 28 de marzo, cuyo contenido versa sobre la labor del Tribunal de alzada de realizar el control de logicidad de en las conclusiones sobre la valoración de la prueba realizada por el Tribunal a quo. a) Sobre la defectuosa valoración de la prueba MP11, consistente en el Acta Notarial de transcripción de los mensajes enviados por el recurrente del celular 78664292 al celular del padre de la víctima, con relación a la conclusión tercera y la declaración de culpabilidad por el delito de Secuestro Agravado, se tiene que el Tribunal a quo basa sus conclusiones en torno a esta prueba, siendo esencial para la fundamentación jurídica y para la determinación de culpabilidad; sin embargo, es defectuosamente valorada considerando que no es lógico que el acta de transcripción de unos textos acrediten, sin lugar a dudas, la realización del secuestro y el homicidio. Es así que uno o varios mensajes de texto no se constituyen en un medio probatorio lógicamente objetivo y suficiente para demostrar que una persona realizó una conducta determinada; y, b) Sobre la defectuosa valoración de la prueba MP11, consistente en el Acta Notarial de transcripción de los mensajes enviados por el recurrente del celular 78664292 al celular del padre de la víctima, con relación a la conclusión cuarta y la declaración de culpabilidad por el delito de Trata y Tráfico de Personas, se tiene que el Tribunal a quo toma esta determinación en razón a los mensajes de textos enviados y tiene como base probatoria esencial la prueba MP11, tiene como probado el traslado, propósito de lucro y explotación sexual en base a esta prueba, transgrediendo la regla de la lógica; debido a que unos mensajes de texto, digan lo que digan, no demuestra la realización de todas las acciones atribuidas