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    Auto Supremo AS/1098/2018
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/1098/2018

    Fecha: 01-Nov-2018

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Distrito: La Paz
    • A lo cual indicó el Tribunal de alzada le correspondía dejar sin efecto la Sentencia,
    • En relación al agravio presentado por la parte actora en su recurso de apelación señaló
    • En consecuencia se declaró la resolución del Contrato de Compra Venta de lote de terreno
    • De las denuncias expuestas por la parte recurrente Bertha María Cupaña Callisaya mediante memorial de
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    • Por lo expuesto solicita se case el Auto de Vista recurrido y se deje sin
    • De la revisión de obrados se puede establecer que Adela Sarsuri de Cari mediante memorial
    • Asimismo se debe señalar que en dicho recurso no existe suficiente coherencia en su contenido
    • Por lo expuesto solicita se declare infundado el recurso de casación y se mantenga firme
    • CONSIDERANDO III
    • Sobre el tema el AS Nº 67/2015 de fecha 30 de enero de 2015 ha
    • III.2. Respecto a la “exceptio non adimpleti contractus”
    • Al respecto el Auto Supremo Nro
    • Según esta teoría, la resolución se explica por la sobrevenida desaparición de la causa por
    • El principal expositor de esta teoría ha sido Capitant, quien ha expresado que “lo que
    • Respecto a lo anterior el art
    • El Autor Carlos Morales Guillen en su Libro “Código Civil Concordado y Anotado”, Cuarta Edición,
    • III.3. De la carga de la prueba
    • Previamente a ingresar a considerar la carga de la prueba, nos referiremos a lo que
    • Ahora bien, dicho autor, sobre la carga de la prueba inmersa en el art
    • III.4. Respecto a la congruencia de las resoluciones
    • Con relación a la congruencia de las resoluciones judiciales en segunda instancia, la SC Nº
    • De manera específica con relación a la congruencia de las resoluciones judiciales en segunda instancia,
    • CONSIDERANDO IV
    • Sobre este punto se debe tener presente lo manifestado en la doctrina desglosada en el
    • Por lo que se puede establecer que no dio cumplimiento a la contraprestación comprometida, por
    • Con relación a este punto se debe considerar que de la revisión de obrados no
    • 1) Que la demandante no evidencio que canceló el saldo de $us
    • En ese entendido se puede establecer que el Tribunal de alzada se refirió a todos
    • Consiguientemente, y toda vez que las acusaciones expuestas en el recurso de casación no fueron
    • Se regula honorario profesional en la suma de Bs
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relator: Mgdo. Dr. Juan Carlos Berríos Albizú.

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