CONSIDERANDO III
CONSIDERANDO III:
DOCTRINA APLICABLE AL CASO
III.1. De la acción personal y de la acción real
DOCTRINA APLICABLE AL CASO
III.1. De la acción personal y de la acción real
- Distrito: La Paz
- A lo cual indicó el Tribunal de alzada le correspondía dejar sin efecto la Sentencia,
- En relación al agravio presentado por la parte actora en su recurso de apelación señaló
- En consecuencia se declaró la resolución del Contrato de Compra Venta de lote de terreno
- De las denuncias expuestas por la parte recurrente Bertha María Cupaña Callisaya mediante memorial de
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- Por lo expuesto solicita se case el Auto de Vista recurrido y se deje sin
- De la revisión de obrados se puede establecer que Adela Sarsuri de Cari mediante memorial
- Asimismo se debe señalar que en dicho recurso no existe suficiente coherencia en su contenido
- Por lo expuesto solicita se declare infundado el recurso de casación y se mantenga firme
- CONSIDERANDO III
- Sobre el tema el AS Nº 67/2015 de fecha 30 de enero de 2015 ha
- III.2. Respecto a la “exceptio non adimpleti contractus”
- Al respecto el Auto Supremo Nro
- Según esta teoría, la resolución se explica por la sobrevenida desaparición de la causa por
- El principal expositor de esta teoría ha sido Capitant, quien ha expresado que “lo que
- Respecto a lo anterior el art
- El Autor Carlos Morales Guillen en su Libro “Código Civil Concordado y Anotado”, Cuarta Edición,
- III.3. De la carga de la prueba
- Previamente a ingresar a considerar la carga de la prueba, nos referiremos a lo que
- Ahora bien, dicho autor, sobre la carga de la prueba inmersa en el art
- III.4. Respecto a la congruencia de las resoluciones
- Con relación a la congruencia de las resoluciones judiciales en segunda instancia, la SC Nº
- De manera específica con relación a la congruencia de las resoluciones judiciales en segunda instancia,
- CONSIDERANDO IV
- Sobre este punto se debe tener presente lo manifestado en la doctrina desglosada en el
- Por lo que se puede establecer que no dio cumplimiento a la contraprestación comprometida, por
- Con relación a este punto se debe considerar que de la revisión de obrados no
- 1) Que la demandante no evidencio que canceló el saldo de $us
- En ese entendido se puede establecer que el Tribunal de alzada se refirió a todos
- Consiguientemente, y toda vez que las acusaciones expuestas en el recurso de casación no fueron
- Se regula honorario profesional en la suma de Bs
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Dr. Juan Carlos Berríos Albizú.
