Auto Supremo AS/1105/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1105/2018

Fecha: 01-Nov-2018

CONSIDERANDO I

VISTOS: Los recursos de casación de fs. 559 a 568 vta., interpuestos por Juan Cayo Juchazara y Margarita Paco Janco y el de fs. 571 a 575 por el Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra representado por el Ing. Percy Fernández Añez, ambos contra el Auto de Vista Nº 434/2017 de fecha 23 de octubre, que cursa de fs. 549 a 552 y su complementario de 3 de noviembre de 2017 cursante a fs. 556, pronunciados por la Sala Civil Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso ordinario de mejor derecho propietario, reivindicación, desocupación y entrega de lote de terreno, interpuesto por el Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra contra Juan Cayo Juchazara y Margarita Paco Janco; el Auto de concesión de los recursos cursante a fs. 582 y de fs. 586, el Auto Supremo de admisión de fs. 593 a 596 y todo lo inherente;
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Planteada la demanda de mejor derecho de propiedad, reivindicación, desocupación y entrega de bien inmueble (fs. 52 a 57 vta.), se citó a los demandados, los que contestaron negativamente y formularon reconvención (fs. 127 a 130), por mejor derecho, acción negatoria y pago de daños y perjuicios, sustanciándose el proceso hasta la emisión de la Sentencia Nº 24/2017, pronunciada el 28 de abril por el Juez Público Primero en lo Civil de la ciudad de Santa Cruz de la, Sierra, declarando Probada en todas sus partes la demanda de fs. 52 a 57 e Improbada la demanda reconvencional de fs. 127 a 130, con costas y costos