Auto Supremo AS/1105/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1105/2018

Fecha: 01-Nov-2018

Siguiendo el razonamiento doctrinario se señaló en el Auto Supremo No

Siguiendo el razonamiento doctrinario se señaló en el Auto Supremo No. 493/ 2012, de 14 de diciembre de 2012, que: “… doctrinalmente se entiende por error de hecho cuando el juzgador se ha equivocado en la materialidad de la prueba, es decir, el juzgador aprecia mal los hechos por considerar una prueba que no obra materialmente en proceso, o cuando da por demostrado un hecho que no surge del medio probatorio que existe objetivamente en Autos, o en su caso, cuando el Juez altera o modifica, cercenando o incrementando, el contenido objetivo de la prueba existente; error que tiene que ser manifiesto de modo que sea identificado sin mayor esfuerzo o raciocinio, lo cual implica irrefutabilidad y magnitud del yerro