Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/1105/2018
Fecha: 01-Nov-2018
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Partes: Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra
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CONSIDERANDO I
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La Sentencia recurrida fue redactada con la motivación suficiente, de conformidad a los arts
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El recurso de apelación carece de fundamentación de agravios, no fue planteado conforme el
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En lo pertinente a la falta de notificación a la codemandada Margarita Paco Janco, con
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En aplicación del art
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CONSIDERANDO II
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En la forma
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En el fondo
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Por lo expuesto solicitaron se anule obrados hasta la admisión a la demanda o en
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De la respuesta al recurso de casación del GAM de Santa Cruz de la Sierra
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Del recurso de casación de GAM de Santa Cruz de la Sierra
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Solicitó se anule parcialmente el Auto de Vista y Auto complementario y no se adicione
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De la respuesta al recurso de casación de Juan Cayo Juchazara y otra
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CONSIDERANDO III
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El per saltum, es una locución latina que significa pasar por alto
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En nuestra legislación procesal civil el art
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Si el apelante no postula determinado agravio ante un Auto de Vista confirmatorio, no podrá
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El “per saltum” procesal implica pasar por alto el sistema recursivo vertical, que no está
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La postura de no aplicar el “per saltum”, también fue asimilada en la aplicación del
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III.2. Error de hecho y error de derecho
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Siguiendo el razonamiento doctrinario se señaló en el Auto Supremo No
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Bajo estos parámetros, y aparejando un contexto normativo en torno a la prueba, el art
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Por otra parte el Auto Supremo No
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III.3. De la nulidad extensiva art. 109 del Código Procesal Civil
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Sobre el tema en el AS Auto Supremo Nº 370/2016 de fecha 19 de abril
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Empero, cabe aclarar que si la declaratoria de nulidad procesal importa una ineficacia de lo
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II
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De lo que se puede concluir que al momento de analizar los efectos de
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CONSIDERANDO IV
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De la documentación adjunta al proceso cursante de fs
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El Auto de Vista incurrió en error de hecho y error de derecho en la
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Al respecto, del examen de los antecedentes se establece que el Juez A quo en
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El Auto de Vista no modificó criterio alguno o el fundamento de la Sentencia, argumento
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Este Tribunal asumió que el derecho del recurrente al plantear como agravio la falta de
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Sobre lo descrito se puede advertir del recurso de casación presentado por la parte demandada,
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Del recurso de casación del GAM de Santa Cruz de la Sierra
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En cuanto a que el recurrente en el planteamiento de su demanda de mejor derecho
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Consiguientemente, en virtud a los fundamentos expuestos, corresponde a este Tribunal resolver conforme señala el
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POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
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Regístrese, comuníquese y devuélvase
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Relator: Mgdo. Dr. Marco Ernesto Jaimes Molina.
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