CONSIDERANDO III
Contestación al recurso por Carlos Julio De Lemoine Agreda:
Contesta negando todo su contenido por ilegal y sin fundamento, pidiendo que el Tribunal Supremo de Justicia, cumplidas las formalidades de Ley, dicte Auto Supremo declarando infundado el recurso, que devendrá en la confirmación total del Auto de Vista recurrido y por ende de la Sentencia de primera instancia.
CONSIDERANDO III:
Doctrina aplicable
III.1. Del fraude Procesal
El proceso al ser considerado como el medio a través del cual se otorga la efectividad de los derechos reconocidos en la Ley sustantiva, es decir que se constituye en un instrumento fundamental para la realización de la justicia, por lo que la desviación de tal postulado a través de la concurrencia de maquinaciones o artificios que inciden en lo sustancial de la resolución, es lo que se conoce como fraude procesal
Contesta negando todo su contenido por ilegal y sin fundamento, pidiendo que el Tribunal Supremo de Justicia, cumplidas las formalidades de Ley, dicte Auto Supremo declarando infundado el recurso, que devendrá en la confirmación total del Auto de Vista recurrido y por ende de la Sentencia de primera instancia.
CONSIDERANDO III:
Doctrina aplicable
III.1. Del fraude Procesal
El proceso al ser considerado como el medio a través del cual se otorga la efectividad de los derechos reconocidos en la Ley sustantiva, es decir que se constituye en un instrumento fundamental para la realización de la justicia, por lo que la desviación de tal postulado a través de la concurrencia de maquinaciones o artificios que inciden en lo sustancial de la resolución, es lo que se conoce como fraude procesal
- Proceso: Fraude procesal
- CONSIDERANDO I
- De los reclamos expuestos por Carlos Gonzalo Bayá Aguirre se extraen de manera ordenada y
- Planteó recurso de casación en el fondo en contra del Auto de Vista y solicitó
- CONSIDERANDO III
- Acción regulada antes en el art
- Ahora bien, en el proceso ordinario de declaratoria de fraude procesal, no se discuten los
- En esa lógica el fraude procesal puede ser definido como las maquinaciones y artificios realizados
- En este entendido, la jurisprudencia desarrollada por este Tribunal de Casación respecto al fraude procesal
- Por otra parte, el art
- Los principios y disposiciones legales marcan el límite de la actuación de los Jueces, Vocales
- CONSIDERANDO IV
- En consecuencia se descarta la nulidad de actuados pretendida por el recurrente, debido a que
- En cuanto al art
- Sobre la respuesta del recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Relator: Mgdo. Dr. Marco Ernesto Jaimes Molina.
