Auto Supremo AS/1112/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1112/2018

Fecha: 01-Nov-2018

CONSIDERANDO III

Contestación al recurso por Carlos Julio De Lemoine Agreda:
Contesta negando todo su contenido por ilegal y sin fundamento, pidiendo que el Tribunal Supremo de Justicia, cumplidas las formalidades de Ley, dicte Auto Supremo declarando infundado el recurso, que devendrá en la confirmación total del Auto de Vista recurrido y por ende de la Sentencia de primera instancia.
CONSIDERANDO III:
Doctrina aplicable
III.1. Del fraude Procesal
El proceso al ser considerado como el medio a través del cual se otorga la efectividad de los derechos reconocidos en la Ley sustantiva, es decir que se constituye en un instrumento fundamental para la realización de la justicia, por lo que la desviación de tal postulado a través de la concurrencia de maquinaciones o artificios que inciden en lo sustancial de la resolución, es lo que se conoce como fraude procesal