Auto Supremo AS/1112/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1112/2018

Fecha: 01-Nov-2018

POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,

Respecto a la contestación sobre los agravios expresados por la parte recurrente, se han contestado a cada uno de ellos conforme se ha desglosado en la parte pertinente a los fundamentos de la presente resolución por lo que se ha dado respuesta a la contestación y además siendo que la parte demandante ha solicitado se declare infundado el recurso de casación.
Por los fundamentos expuestos corresponde emitir resolución en base al art. 220.II del Código Procesal Civil.
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num. 1) de la Ley Nº 025 del Órgano Judicial, en aplicación a lo previsto en el art. 220.II del Código Procesal Civil (Ley Nº 439), declara INFUNDADO el recurso de casación formulado por Carlos Gonzalo Bayá Aguirre mediante memorial de fs. 888 a 890 vta., contra el Auto de Vista de 30 de abril de 2018 pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba que cursa de fs. 881 a 885 vta. Con costas y costos