Auto Supremo AS/1112/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1112/2018

Fecha: 01-Nov-2018

En consecuencia se descarta la nulidad de actuados pretendida por el recurrente, debido a que

En consecuencia se descarta la nulidad de actuados pretendida por el recurrente, debido a que no es una situación trascendental, puesto que no provoca indefensión a la parte recurrida porque además no se ha otorgado más de lo pedido, que no tiene su incidencia directa al proceso de fraude procesal que se tramita, por lo que no amerita aplicar el art. 220.III num. 2) inc. a) del Código Procesal Civil, siendo errada la postura del recurrente al pretender anular obrados tomando en cuenta los principios que rigen la nulidad expuestos en el punto III.2 de la presente resolución