Planteó recurso de casación en el fondo en contra del Auto de Vista y solicitó
Petitorio.
Planteó recurso de casación en el fondo en contra del Auto de Vista y solicitó se emita Auto de Vista anulatorio con reposición de obrados desde la Sentencia de 8 de mayo de 2017, según establece el art. 220 num.2) inc. a) del Código Procesal Civil
Planteó recurso de casación en el fondo en contra del Auto de Vista y solicitó se emita Auto de Vista anulatorio con reposición de obrados desde la Sentencia de 8 de mayo de 2017, según establece el art. 220 num.2) inc. a) del Código Procesal Civil
- Proceso: Fraude procesal
- CONSIDERANDO I
- De los reclamos expuestos por Carlos Gonzalo Bayá Aguirre se extraen de manera ordenada y
- Planteó recurso de casación en el fondo en contra del Auto de Vista y solicitó
- CONSIDERANDO III
- Acción regulada antes en el art
- Ahora bien, en el proceso ordinario de declaratoria de fraude procesal, no se discuten los
- En esa lógica el fraude procesal puede ser definido como las maquinaciones y artificios realizados
- En este entendido, la jurisprudencia desarrollada por este Tribunal de Casación respecto al fraude procesal
- Por otra parte, el art
- Los principios y disposiciones legales marcan el límite de la actuación de los Jueces, Vocales
- CONSIDERANDO IV
- En consecuencia se descarta la nulidad de actuados pretendida por el recurrente, debido a que
- En cuanto al art
- Sobre la respuesta del recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Relator: Mgdo. Dr. Marco Ernesto Jaimes Molina.
