Auto Supremo AS/0459/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0459/2018

Fecha: 07-Dic-2018

En consecuencia, el hecho de que el juzgador debe investigar los hechos independientemente de las

Ahora bien, para terminar, es preciso resaltar el principio de “verdad material”, empero, previamente realizaremos un cotejo entre “verdad material” y “verdad formal”, siendo la primera: “aquel acontecimiento o conjunto de acontecimientos o situaciones fácticas que se condicen con la realidad de los hechos” y la segunda: “aquella que fluye de las declaraciones de los administrados y que sirve, a priori, de sustento de las peticiones o requerimiento de estos”.
El escenario ideal, y lo que además se necesita, es que la verdad formal sea un reflejo de la verdad material para que así exista coherencia y exactitud entre lo que realmente ocurrió, no obstante, esto no siempre ocurre.
En consecuencia, el hecho de que el juzgador debe investigar los hechos independientemente de las formas, está asociado al valor de justicia material, debiendo ser el valor conseguido por la sociedad, en ese orden, el tribunal ad quem en la búsqueda de solucionar dicho conflicto apegado a la verdad de los hechos y en cumplimiento al art. 180-I de la CPE, valoró la prueba documental que cursa en obrados, que al no evidenciar vulneración alguna confirmó en su integridad la Resolución Nº 407/16 de 23 de septiembre de 2016