Auto Supremo AS/0459/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0459/2018

Fecha: 07-Dic-2018

Respecto a este punto la recurrente no especifica cómo se han vulnerado los artículos descriptivos

Respecto a este punto la recurrente no especifica cómo se han vulnerado los artículos descriptivos a los que se refiere, si bien la cédula de identidad, la licencia de conducir son evidentemente documentos públicos, mismos que según la solicitante no fueron valorados, así como las placas fotográficas, pruebas que no son suficientes para desvirtuar la prueba aportada por el SENASIR como ser: el Informe Social SENASIR/UNO/ADR/vcl 182/2016 de15 de febrero, las declaraciones testificales de fs. 149 – 165, mismas que coinciden, al asegurar que el causante estuvo solo los dos últimos años antes de su fallecimiento, siendo atendido únicamente por la hija y los nietos, del análisis de dichos documentos, la normativa que rige la materia, este tribunal llega al razonamiento que la recurrente no ha cumplido con el requisito esencial que tiene toda esposa o todo esposo, el de haber asistido a su cónyuge en sus últimos años de vida como se tiene manifestado anteriormente