En aplicación de la cláusula vigésima séptima del contrato, para el cumplimiento de la obligación
De igual manera, se valoró erróneamente las actas de entrega provisional y definitiva de la obra, suscritas en el libro de órdenes, pues primero el contratista debía haber faccionado la planilla de liquidación final, pero no la presenta por los desfases de tiempo que existieron, hecho admitido en la prueba cursante de fs. 22 a 25, en la cual se reconoce que éste documento impediría la realización del pago final y cierre del proyecto, pues de acuerdo con la cláusula vigésima segunda del contrato, correspondía el descuento de multas por mora.
En aplicación de la cláusula vigésima séptima del contrato, para el cumplimiento de la obligación asumida por el G.A.D.O., se debían presentar un certificado de terminación de obra y la recepción definitiva, concluido el trámite, para el pago final se debe tomar en cuenta los descuentos que correspondan, por lo que, ante la inexistencia de estos documentos, se interpreta mal el objeto de la demanda, por vulneración de las NB-SABS que rigen estos procedimientos administrativos
En aplicación de la cláusula vigésima séptima del contrato, para el cumplimiento de la obligación asumida por el G.A.D.O., se debían presentar un certificado de terminación de obra y la recepción definitiva, concluido el trámite, para el pago final se debe tomar en cuenta los descuentos que correspondan, por lo que, ante la inexistencia de estos documentos, se interpreta mal el objeto de la demanda, por vulneración de las NB-SABS que rigen estos procedimientos administrativos
- Tramitado el proceso contencioso, la Sala Especializada Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa del Tribunal
- Ante la determinación de la Sentencia, el demandado Gobierno Autónomo del Departamento de Oruro, representada
- Interpuesto el recurso de casación, el recurrente establece que la Sentencia impugnada violenta disposiciones legales,
- La orden de cambio debe ser elaborada por el supervisor de obra, siendo sometida a
- La empresa contratista ejecutó mal este procedimiento administrativo, pues debió solicitar la orden de cambio
- Se demanda por incumplimiento de la entidad contratante y en una errónea valoración de la
- En aplicación de la cláusula vigésima séptima del contrato, para el cumplimiento de la obligación
- En conclusión, pide casar la Sentencia recurrida, en base a los fundamentos expuestos y se
- Por su parte, el demandado, habiendo sido legalmente notificado, contesta el recurso de casación de
- Del cumplimiento de los contratos y el principio de verdad material
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- El recurrente indica en el memorial del recurso presentado, que es responsabilidad del supervisor elaborar
- De otra parte, tampoco se puede aseverar que la falta de planilla y certificado final
- Lo que sí debe primar para valorar los argumentos del recurso, es la imposición de
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- Si bien correspondía emitir la certificación de la entrega definitiva de obra y no así
- Consiguientemente, corresponde fallar de acuerdo a las disposiciones contenidas en el art
- Sin costas, en aplicación del art. 39 de la Ley 1178
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
