Auto Supremo AS/0735/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0735/2018

Fecha: 12-Dic-2018

La empresa contratista ejecutó mal este procedimiento administrativo, pues debió solicitar la orden de cambio

La empresa contratista ejecutó mal este procedimiento administrativo, pues debió solicitar la orden de cambio para la ampliación del plazo mediante un informe técnico, justificando la necesidad ante el supervisor, para que siguiera el trámite como corresponda hasta la suscripción del documento, en cumplimiento del propio contrato y del art. 36.IV de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios (NB-SABS), por lo que, aplicando la cláusula vigésima segunda del contrato de obra, correspondía aplicar penalidades por el retraso en el cumplimiento del proyecto pactado, al no existir documentación idónea que permita la extensión del plazo acordado inicialmente, indicando que la entidad contratante es responsable del retraso, sin demostrar este extremo con ningún tipo de prueba documental ni testifical