Auto Supremo AS/0788/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0788/2018

Fecha: 20-Dic-2018

Dicha resolución motivó el recurso de casación de fs

Motivos del recurso de casación
Casación en la forma
Dicha resolución motivó el recurso de casación de fs. 110 a 113 vta., interpuesto por SETEC Oruro Srl., a través de su apoderado Álvaro Rosales del Callejo, señalando que se ha infringido el art. 213 inc. 3) del Código Procesal Civil, teniendo en cuenta la concordancia existente con el art. 252 del Código Procesal del Trabajo y que al no haber el fundamento jurídico, fáctico y de prueba de lo resuelto existe lesión a los derechos constitucionales referente al derecho al debido proceso y al principio de seguridad jurídica, violando el art. 115, 119 y 178 de la CPE, manifiesta que, en el caso de autos, la apelación planteada por su empresa hace referencia que la autoridad judicial al emitir la Sentencia Nº 136/2016 de 9 de noviembre de 2016, emitió una resolución que no se ciñe a los datos del proceso y entra en contradicción tanto en los hechos como en el derecho, siendo que en memorial de apelación claramente hicieron conocer que, el sueldo devengado del mes de mayo 2016 no corresponde en su pago por la suma de Bs. 3,932.03.- más aún que dentro del término de prueba en el presente caso se procedió con la presentación de la papeleta de pago del mes de mayo de 2016 cursante a fs. 63 de obrados, demostrando de esta manera la remuneración que le corresponde por el mes de mayo 2016 en la suma de Bs. 3.432.27.- siendo éste el líquido Pagable que debe percibir y no así de Bs. 3,932.03 que fue determinado en Sentencia y confirmado por el Tribunal de alzada; denuncia omisión al no haberse manifestado con respecto al sueldo devengado del mes de mayo 2016 objeto de apelación y que debió ser pronunciado y resuelto en alzada