Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/1277/2018
Fecha: 18-Dic-2018
Distrito: Santa Cruz
Distrito: Santa Cruz
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Partes: Neisa Moreno Reyes c/ Rubén Darío Bejarano Balcázar
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Proceso: Reivindicación, desocupación y entrega de bien inmueble más pago de daños y perjuicios
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Distrito: Santa Cruz
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Bajo esos antecedentes, y tramitada la causa, el Juez Público en lo Civil y Comercial
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En este mismo acápite acusan que lo aseverado por el Tribunal de Alzada de que
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6. De manera general acusa que los jueces de instancia vulnerarían el debido proceso
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Por lo expuesto solicita la nulidad del proceso hasta la citación de la demanda, alternativamente
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Del recurso de casación interpuesto por la empresa Inversiones Inmobiliarias “B y V” S
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En base a lo expuesto solicita se anule el proceso hasta la citación con la
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De la respuesta a los recursos de casación
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- Con relación al recurso de casación interpuesto por Rubén Darío Bejarano Balcázar señala
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Que las razones por las cuales pretende la nulidad fueron consideradas por el Tribunal de
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Que el recurso de casación sería incoherente y presentaría deficiente redacción, pues por la trascendencia
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Aduce también que lo acusado en el recurso de casación del demandante carecería de respaldo
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- Con relación al recurso de casación interpuesto por la empresa Inversiones Inmobiliarias “B y
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Que al existir una sentencia que dispone que en la matricula Nº 010220645 de 08
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Que no señala los artículos ni las leyes que habrían sido infringidos por el Tribunal
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Que si la empresa adquirió el bien inmueble del demandado, con vicios ocultos, es éste
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Que la empresa recurrente haría una exposición reiterada de los hechos que no correspondería hacerlo
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Por lo expuesto solicita se declare improcedente el recurso de casación o en su caso
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CONSIDERANDO III
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III.1. De los requisitos de la acción reivindicatoria
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En ese marco corresponde precisar que, la acción reivindicatoria, prevista en el art
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La acción reivindicatoria es una acción real, pues nace del derecho de propiedad que tiene
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Para la procedencia de la referida acción son tres los presupuestos esenciales: 1) el derecho
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Al respecto el autor "Arturo Alessandri" señala que corresponde al reivindicador demostrar los supuestos de
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De acuerdo a una interpretación sistemática del art
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De acuerdo a la cita de las normas descritas, se tiene que el derecho de
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III.2. De los alcances de la sentencia
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Con relación a este tema, resulta pertinente referirnos al Auto Supremo Nº 250/2017 de fecha
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CONSIDERANDO IV
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Del recurso de casación interpuesto por Rubén Darío Bejarano Balcázar
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Del análisis de los reclamos que sustentan el recurso de casación del demandado, se infiere
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En virtud a lo reclamado, corresponde a continuación, verificar si la parte actora durante la
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a) Respecto al dominio, sobre este requisito en particular debemos señalar que quien pretende le
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Bajo esa premisa, de la revisión de obrados se tiene que cuando Neisa Moreno Reyes
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De esta documentales, se infiere que la parte actora, si cumplió con el primer requisito
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De lo expuesto se infiere que este segundo presupuesto también fue acreditado por la parte
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c) Sobre la posesión de la cosa por el demandado, en lo que respecta a
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En ese entendido, en el caso de autos, se observa que durante la audiencia preliminar
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Por las razones expuestas, en lo que concierne al recurso de casación interpuesto por Rubén
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Bajo estos parámetros, a continuación corresponde referirnos a lo inmerso en el memorial de respuesta
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Del recurso de casación interpuesto por la empresa Inversiones Inmobiliarias “B y V” S.A
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Del análisis del memorial de impugnación del Auto de Vista que cursa de fs
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Por lo expuesto, en lo que concierne al recurso de casación de la empresa recurrente,
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Siendo excusable el error incurrido por los Vocales suscriptores del Auto de Vista recurrido, no
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Regístrese, comuníquese y devuélvase
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Relator: Mgdo. Dr. Juan Carlos Berríos Albizú.
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