Auto Supremo AS/0020/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0020/2018

Fecha: 20-Feb-2018

Por su parte el actor, a través de su apoderada legal, plantea recurso de casación,

Por su parte el actor, a través de su apoderada legal, plantea recurso de casación, cursante de fs. 390 a 391 vlta., contra el Auto de Vista No. 332/2016 de 9 de junio, cursante de fs. 375 a 377, manifestando lo siguiente:
En relación a las horas extras, manifiesta que el demandado no ha podido desvirtuar que el actor cumplía con un cargo de confianza, argumentos que son totalmente falsos, ya que siempre estuvo bajo subordinación del empleador y que, el cargo de encargado de seguimiento de proyectos, no era un cargo de vigilancia ni de dirección, de acuerdo al contrato de trabajo a plazo fijo de fs. 3 y 4 en su cláusula sexta, podemos verificar que en el acuerdo se establece el horario de 8:30 a 12:30 y de 14:30 a 18:30, además que se debe firmar el libro de asistencia, en el transcurso del proceso el demandado, no presentó el libro de asistencia, conforme el artículo 182, inciso i) del Código Procesal del Trabajo, al ser un acuerdo entre partes, se debe respetar el mismo, además como trabajador solicitó el pago de horas extras de fs. 24 al 37 y los empleadores tenían conocimiento de tal hecho y optaron por el silencio administrativo, positivo a su requerimiento, indicando que no se realizó horas extras, de esa forma, corresponde los derechos reconocidos en el artículo 55 de la Ley General del Trabajo.
II.3.1. Petitorio:
Por todo lo invocado, el actor interpone recurso de casación de acuerdo a lo exigido por el artículo 270 y siguientes del CPC y se hace imprescindible declarar Procedente y Fundado y se deje sin efecto parcialmente el Auto de Vista 332/2016 de 9 de junio y por ende se confirme en su totalidad la sentencia 7/16 de 16 de junio de 2016