Por su parte el actor, a través de su apoderada legal, plantea recurso de casación,
Por su parte el actor, a través de su apoderada legal, plantea recurso de casación, cursante de fs. 390 a 391 vlta., contra el Auto de Vista No. 332/2016 de 9 de junio, cursante de fs. 375 a 377, manifestando lo siguiente:
En relación a las horas extras, manifiesta que el demandado no ha podido desvirtuar que el actor cumplía con un cargo de confianza, argumentos que son totalmente falsos, ya que siempre estuvo bajo subordinación del empleador y que, el cargo de encargado de seguimiento de proyectos, no era un cargo de vigilancia ni de dirección, de acuerdo al contrato de trabajo a plazo fijo de fs. 3 y 4 en su cláusula sexta, podemos verificar que en el acuerdo se establece el horario de 8:30 a 12:30 y de 14:30 a 18:30, además que se debe firmar el libro de asistencia, en el transcurso del proceso el demandado, no presentó el libro de asistencia, conforme el artículo 182, inciso i) del Código Procesal del Trabajo, al ser un acuerdo entre partes, se debe respetar el mismo, además como trabajador solicitó el pago de horas extras de fs. 24 al 37 y los empleadores tenían conocimiento de tal hecho y optaron por el silencio administrativo, positivo a su requerimiento, indicando que no se realizó horas extras, de esa forma, corresponde los derechos reconocidos en el artículo 55 de la Ley General del Trabajo.
II.3.1. Petitorio:
Por todo lo invocado, el actor interpone recurso de casación de acuerdo a lo exigido por el artículo 270 y siguientes del CPC y se hace imprescindible declarar Procedente y Fundado y se deje sin efecto parcialmente el Auto de Vista 332/2016 de 9 de junio y por ende se confirme en su totalidad la sentencia 7/16 de 16 de junio de 2016
En relación a las horas extras, manifiesta que el demandado no ha podido desvirtuar que el actor cumplía con un cargo de confianza, argumentos que son totalmente falsos, ya que siempre estuvo bajo subordinación del empleador y que, el cargo de encargado de seguimiento de proyectos, no era un cargo de vigilancia ni de dirección, de acuerdo al contrato de trabajo a plazo fijo de fs. 3 y 4 en su cláusula sexta, podemos verificar que en el acuerdo se establece el horario de 8:30 a 12:30 y de 14:30 a 18:30, además que se debe firmar el libro de asistencia, en el transcurso del proceso el demandado, no presentó el libro de asistencia, conforme el artículo 182, inciso i) del Código Procesal del Trabajo, al ser un acuerdo entre partes, se debe respetar el mismo, además como trabajador solicitó el pago de horas extras de fs. 24 al 37 y los empleadores tenían conocimiento de tal hecho y optaron por el silencio administrativo, positivo a su requerimiento, indicando que no se realizó horas extras, de esa forma, corresponde los derechos reconocidos en el artículo 55 de la Ley General del Trabajo.
II.3.1. Petitorio:
Por todo lo invocado, el actor interpone recurso de casación de acuerdo a lo exigido por el artículo 270 y siguientes del CPC y se hace imprescindible declarar Procedente y Fundado y se deje sin efecto parcialmente el Auto de Vista 332/2016 de 9 de junio y por ende se confirme en su totalidad la sentencia 7/16 de 16 de junio de 2016
- En grado de apelación deducida por el demandado, cursante de fs
- Luego de una relación de las normas en que se sustenta la procedencia del recurso
- Menciona además, que se demostró que el trabajador ha asistido irregularmente a su fuente laboral
- •Salarios devengados
- Por otro lado manifestó que como se trata de una empresa de servicios, muchas veces
- Seguidamente, el recurrente manifiesta que, aquí se puede observar claramente la interpretación forzada del artículo
- En ese sentido, no se puede interponer multa del 30% al segundo aguinaldo gestión 2015,
- Respecto a este beneficio, el recurrente manifiesta que el demandante ha gozado del bono de
- Concluye expresando que por todo lo demostrado, se puede colegir que existió falta
- Concluyó solicitando al Tribunal, dictar auto supremo casando el Auto de Vista No
- II.2. Segundo Recurso. – En el fondo
- Por su parte el actor, a través de su apoderada legal, plantea recurso de casación,
- III. - Fundamentos jurídicos del fallo
- Que así expuestos los fundamentos de los recursos de casación en el fondo, de fs
- En el caso que se analiza, se evidencia que el memorial de interposición del recurso
- •No corresponde desahucio
- Al respecto se señala que, para que proceda el pago del segundo aguinaldo, debe oficializarse
- Además, se debe considerar que, dentro de la liquidación de beneficios sociales en el fallo
- En lo que respecta al bono de antigüedad, el recurrente manifiesta que el demandante ha
- Al respecto podemos mencionar que, el bono de antigüedad es un pago adicional a un
- La obligatoriedad de pagar el bono de antigüedad es a partir del segundo año de
- III.2. Segundo recurso. – En el fondo
- Por su parte el actor, en lo que respecta al pago de horas extras, a
- El artículo 46 de la Ley General del Trabajo señala que, la jornada efectiva de
- En ese sentido, el contrato de trabajo cursante de fs
- Por lo que se demuestra, que independientemente de las funciones que desempeña el trabajador, tiene
- Por otra parte, del análisis del contrato de trabajo, se aprecia que no concurren los
- El artículo 55 de la Ley General del Trabajo establece que las horas extraordinarias y
- Bajo estas premisas, se concluye que al ser evidentes las infracciones acusadas, corresponde fallar de
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda, del Tribunal Supremo
- Sin costas, por ser recurrentes ambas partes
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
