POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
En consecuencia, al ser evidente las infracciones acusadas por la parte recurrente, corresponde resolver el recurso de casación, aplicando las disposiciones contenidas en el art. 220.IV del Código Procesal Civil, aplicable por mandato del art. 252 del CPT.
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en los arts. 184. 1 de la CPE y 42. I. 1 de la Ley del Órgano Judicial, CASA el auto de vista recurrido, y deliberando en el fondo, mantiene firme y subsistente la Sentencia Nº 109 de 11 de agosto de 2014 cursante de fs. 256 a 259 vta
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en los arts. 184. 1 de la CPE y 42. I. 1 de la Ley del Órgano Judicial, CASA el auto de vista recurrido, y deliberando en el fondo, mantiene firme y subsistente la Sentencia Nº 109 de 11 de agosto de 2014 cursante de fs. 256 a 259 vta
- Que tramitado el proceso laboral, el Juez Primero de Trabajo y Seguridad Social de la
- En grado de apelación, deducida por el demandado (fs
- Este fallo motivó que Carlos Enrique Vargas Bazán, presentara el recurso de casación
- Manifiesta el recurrente que existieron violaciones al procedimiento al resolver dos veces sobre un
- Violentando así dos principios establecidos en los numerales e) y h) del artículo 3 del
- 1
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- Manifestó que el auto de vista recurrido, fundamenta su resolución de inexistencia de relación laboral
- Además de expresar que la falta de una remuneración mensual no es un requisito para
- Recurre de CASACION contra el auto de vista injusto e ilegal de acuerdo a lo
- CONSIDERANDO II
- II.1 Fundamentos Jurídicos del Fallo
- En el presente caso, del memorial de interposición del recurso de casación planteado por CARLOS
- Con relación a la violación del procedimiento por resolver dos veces sobre una cosa juzgada,
- En cuanto al recurso de casación en el fondo: Analizados sus argumentos se tiene
- En este marco, conforme establece el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 23570 de
- Es importante señalar que de fs
- Por lo expuesto precedentemente, corresponde el pago de los derechos reclamados a favor del
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Magistrado Relator: Carlos Alberto Egüez Añez
