Que tramitado el proceso laboral, el Juez Primero de Trabajo y Seguridad Social de la
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
SEGUNDA
Auto Supremo Nº 025/2018
Sucre, 20 de febrero de 2018
Expediente: SC-CA.SAII- SCZ. 335/2016
Distrito: Santa Cruz
Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
VISTOS: El recurso de nulidad y casación de fs. 279-284 vuelta, interpuesto por Carlos Enrique Bazán, contra el Auto de Vista Nº 157/2015 de 6 de abril de 2015 (fs. 274 a 277), pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del proceso social seguido por el recurrente contra José Gustavo Trujillo, el Auto que concedió el recurso de fs. 288, el Auto Supremo No. 286/2016-A que admitió el recurso, los antecedentes del proceso y
CONSIDERANDO I.-
I.1.- Antecedentes del Proceso.-
I.1.1 Sentencia.-
Que tramitado el proceso laboral, el Juez Primero de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Santa Cruz, emitió la Sentencia de 11 de agosto de 2014 (fs. 256 a 259 vuelta), declarando probada en parte la demanda de fs. 66 a 68 vuelta, disponiendo que el demandando, cancele a favor del actor la suma de Bs. 323.618,06 por concepto de indemnización, desahucio, aguinaldos, salarios devengados, menos pago a cuenta, más la actualización y multa
SEGUNDA
Auto Supremo Nº 025/2018
Sucre, 20 de febrero de 2018
Expediente: SC-CA.SAII- SCZ. 335/2016
Distrito: Santa Cruz
Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
VISTOS: El recurso de nulidad y casación de fs. 279-284 vuelta, interpuesto por Carlos Enrique Bazán, contra el Auto de Vista Nº 157/2015 de 6 de abril de 2015 (fs. 274 a 277), pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del proceso social seguido por el recurrente contra José Gustavo Trujillo, el Auto que concedió el recurso de fs. 288, el Auto Supremo No. 286/2016-A que admitió el recurso, los antecedentes del proceso y
CONSIDERANDO I.-
I.1.- Antecedentes del Proceso.-
I.1.1 Sentencia.-
Que tramitado el proceso laboral, el Juez Primero de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Santa Cruz, emitió la Sentencia de 11 de agosto de 2014 (fs. 256 a 259 vuelta), declarando probada en parte la demanda de fs. 66 a 68 vuelta, disponiendo que el demandando, cancele a favor del actor la suma de Bs. 323.618,06 por concepto de indemnización, desahucio, aguinaldos, salarios devengados, menos pago a cuenta, más la actualización y multa
- Que tramitado el proceso laboral, el Juez Primero de Trabajo y Seguridad Social de la
- En grado de apelación, deducida por el demandado (fs
- Este fallo motivó que Carlos Enrique Vargas Bazán, presentara el recurso de casación
- Manifiesta el recurrente que existieron violaciones al procedimiento al resolver dos veces sobre un
- Violentando así dos principios establecidos en los numerales e) y h) del artículo 3 del
- 1
- 2
- Manifestó que el auto de vista recurrido, fundamenta su resolución de inexistencia de relación laboral
- Además de expresar que la falta de una remuneración mensual no es un requisito para
- Recurre de CASACION contra el auto de vista injusto e ilegal de acuerdo a lo
- CONSIDERANDO II
- II.1 Fundamentos Jurídicos del Fallo
- En el presente caso, del memorial de interposición del recurso de casación planteado por CARLOS
- Con relación a la violación del procedimiento por resolver dos veces sobre una cosa juzgada,
- En cuanto al recurso de casación en el fondo: Analizados sus argumentos se tiene
- En este marco, conforme establece el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 23570 de
- Es importante señalar que de fs
- Por lo expuesto precedentemente, corresponde el pago de los derechos reclamados a favor del
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Magistrado Relator: Carlos Alberto Egüez Añez
