Auto Supremo AS/0028/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0028/2018

Fecha: 28-Feb-2018

Auto Supremo Nº 404 de 05-11-2014: “A partir de ello, debemos señalar que, el art

En este contexto, el Tribunal Supremo de Justicia ha sentado una línea jurisprudencial, sobre la base de la Constitución Política del Estado Plurinacional:
Auto Supremo Nº 404 de 05-11-2014: “A partir de ello, debemos señalar que, el art. 60 del DS Nº 21060 de 29 de agosto de 1985, establece: “En sustitución de toda otra forma porcentual de aplicación del bono de antigüedad, se establece la siguientes escala única aplicable a todos los sectores laborales”, ¿qué significa esta disposición general normativa en la esfera laboral?, que el pago del bono de antigüedad en los porcentajes establecidos por dicho decreto, deben ser cancelados sin discriminación alguna, ya sea para sectores privados y/o públicos, deben cancelar dicho derecho adquirido en función a los parámetros y porcentajes establecidos; sin embargo, la racionalización del bono de antigüedad, para los trabajadores de los sectores público y privado la escala del bono de antigüedad a que refiere el art. 60 del DS Nº 21060, se debe aplicar sobre el salario mínimo nacional mensual, no pudiendo el monto resultante, ser inferior al que, por ese concepto, se percibió por el mes de julio de 1985; en ese sentido, siendo que la entidad recurrente es una institución sin fines de lucro, y no una institución productiva, la base del cálculo se la debe efectuar en base a un salario mínimo nacional…”