Auto Supremo AS/0028/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0028/2018

Fecha: 28-Feb-2018

I

I.3.- Recurso de casación
Que, del referido Auto de Vista, Carlos Cruz Moreno, en representación legal de los ex trabajadores de la Caja Petrolera de Salud, interpuso recurso de casación en el fondo de fojas 672 a 673, en el que expresó lo siguiente:
I.3.1.- Los derechos reconocidos por el art. 4 de la Ley General del Trabajo son irrenunciables, siendo nulas las convenciones contrarias conforme lo estatuido en el art. 48.III de la C.P.E., principio jurídico de protección a los trabajadores que ha sido violado, al no reconocer los bonos demandados de refrigerio, transporte y de atención a pacientes particulares que constituyen parte del salario o sueldo indemnizable por tanto deben ser restituidos en la liquidación final, como está dispuesto en el art. 11 del D.S. 1592 de 19 de abril de 1949