Auto Supremo AS/0103/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0103/2018-RRC

Fecha: 02-Mar-2018

El recurrente solicita se anule el Auto de Vista impugnado y se declare autor, culpable


Respecto de la misma problemática acusa la infracción del art. 370 inc. 5) del CPP, en mérito a que el Auto de Vista impugnado no guardaría una fundamentación basada en las normas de la sana crítica, sino en eventualidades contradictorias, ya que sólo se consideran las circunstancias que eximen de responsabilidad al imputado y no así a las declaraciones de los testigos que relataron de forma clara y precisa los hechos que acreditan la autoría del imputado, lo que llevaría a establecer que en la valoración probatoria no se aplicó la lógica, la experiencia común y la psicología respecto de la interpretación integral de la prueba, pero particularmente al no darse valor alguno a la prueba documental codificada como MP-6 de 16 de julio de 2010, consistente en la prueba pericial y MP-9, cuando estas no fueron motivo de exclusión probatoria, por lo que tenían fuerza probatoria, lo mismo en cuanto a los testigos Rose Mary Rojas Ferrel, Celia Rojas Montaño y Reina Acosta Avendaño al tildarse sus atestación de no idóneas por haber sido presentadas ante la Defensoría Municipal y no ante el Tribunal de Sentencia y en su caso como anticipo de prueba.

I.1.2. Petitorio.

El recurrente solicita se anule el Auto de Vista impugnado y se declare autor, culpable y responsable al imputado Ramiro Rojas Guzmán, de la comisión de los delitos de Violación Agravada y Asesinato, previstos por los arts. 308 y 252 inc. 2), 3), 6) y 7) del CP