Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0145/2018-RRC
Fecha: 20-Mar-2018
I.1.2. Petitorio
I.1.2. Petitorio
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Por memorial presentado el 7 de septiembre de 2015, cursante de fs
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I.1. Antecedentes
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a) Por Resolución 7 de 22 de abril de 2010 (fs
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b) Contra la mencionada Sentencia, Fernanda Quinteros Coro, Claudia Choque Quinteros (fs
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I.1.1. Motivo del recurso de casación
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Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 695/2015-RA de 30 de noviembre,
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En ese contexto, refieren que el Tribunal de alzada contiene una fundamentación basada en datos
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I.1.2. Petitorio
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El recurrente solicita se pronuncie Auto Supremo, conforme al art
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I.2. Admisión del recurso
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Mediante Auto Supremo 695/2015-RA de 30 de noviembre, cursante de fs
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De la revisión de los antecedentes venidos en casación se tiene lo siguiente
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En el segundo acápite de su recurso, anunciaron fundamentar oralmente su recurso y en el
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Por Auto 19 de 23 de febrero del 2012, el Tribunal de apelación en el
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En virtud al incidente por defecto absoluto no convalidable promovido por los imputados Albino Choque
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El fallo referido precedentemente, fue notificado a los acusados Claudia Choque Quinteros, Albino Choque Vallejos
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II.4.Del memorial de subsanación del recurso de alzada
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Por memorial presentado el 6 de mayo del 2015, los tres acusados de manera conjunta,
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II.5. Del Auto de Vista impugnado
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El recurso referido fue resuelto por el Auto de Vista 53 de 31 de julio
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En el segundo considerando, el Ad quem haciendo mención a su falta de competencia para
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En cuanto, a la supuesta existencia del defecto previsto por el inc
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II.6.De la Sentencia Constitucional Plurinacional 0323/2017-S2 de 3 de abril del 2017
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Admitido el recurso de casación, corresponde emitir pronunciamiento de fondo, dentro de los límites establecido
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III.1. Fundamentación de la resolución de alzada
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III.2. Análisis del caso en concreto
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Los recurrentes acusan que el Auto de Vista recurrido atenta a su derecho a la
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Antes de ingresar al análisis de los argumentos expuestos por el Tribunal de apelación en
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Del análisis del argumento de alzada expresado en el tercer considerando de la resolución impugnada,
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Manifestación del Tribunal de apelación, del cual se advierte que evidentemente no consideró los argumentos
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Omisión del Tribunal de apelación que queda confirmada cuando éste expresó que los acusados en
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Constatándose que el Tribunal de apelación, no hizo un correcto análisis de los actuados cursantes
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La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
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A los efectos de lo previsto por el art
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En aplicación del art
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Regístrese, hágase saber y cúmplase
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Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
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