Auto Supremo AS/0119/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0119/2018

Fecha: 26-Abr-2018

Al respecto, revisada la documentación adjuntada durante la tramitación del proceso, se evidencia que el

Al respecto, revisada la documentación adjuntada durante la tramitación del proceso, se evidencia que el actor en su demanda cursante de fs. 5 a 8 de obrados, manifiesta que el 3 de junio de 2002, comenzó a trabajar en Unitel hasta el 3 de junio de 2015, mediante contrato verbal e indefinido por Fernando Saavedra, propietario de “Transporte Saavedra” y Hugo Párraga, Gerente General de Canal 9 Unitel, para que trabaje como chofer, prestando para tal efecto, su movilidad, hasta el 3 junio de 2015, fecha de su retiró intempestivo, razón que lo motivó a instaurar la presente acción, solicitando, el pago de sus beneficios sociales en el monto de Bs. 504.775.96, por concepto de desahucio, indemnización, aguinaldo, vacación, prima legal, horas extras, más la multa del 30 %