Auto Supremo AS/0119/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0119/2018

Fecha: 26-Abr-2018

En ese contexto, a fin de determinar si una relación de trabajo tiene las características

El caso objeto de análisis, se circunscribe en dilucidar si entre el actor y la parte demanda existió relación laboral bajo las características esenciales previstas en los arts. 1 del DS Nº 23570 de 26 de julio de 1993 y 2 del DS Nº 28699 de 1 de mayo de 2006, conforme se determinó en la sentencia de primera instancia, extremo que fue rechazado en el auto de vista recurrido, en este sentido, al tratarse de una sola temática, se resolverá en conjunto las violaciones acusadas en el presente recurso.
En ese contexto, a fin de determinar si una relación de trabajo tiene las características esenciales laborales, hay que tener en cuenta que todo trabajo es una prestación a favor de otro, por lo que siempre existe la realización de un acto, un servicio o ejecución de obra; la distinción radica en el modo de la relación existente entre quienes lo brindan y lo reciben, a tal fin, corresponde observar el papel realizado por cada una de las partes, que ante las exigencias de las reglas impuestas por el empleador, es posible que se pretenda ocultar o encubrir la realidad bajo apariencias de una relación no laboral, por lo que a este fin la doctrina del derecho laboral destaca entre los varios componentes de la relación laboral, el elemento de la dependencia o subordinación, según el cual, quien recibe el trabajo tiene la facultad de dirigirlo e imponer sus reglas, tomando los frutos de ese trabajo, por lo que para determinar la relación se debe recurrir al principio de primacía de la realidad que privilegia los hechos frente a las formalidades y apariencias impuestas por el empleador