Auto Supremo AS/0119/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0119/2018

Fecha: 26-Abr-2018

Que el tribunal de alzada, incurrió en errónea interpretación de las pruebas, con referencia al

Que el tribunal de alzada, incurrió en errónea interpretación de las pruebas, con referencia al contrato suscrito entre Unitel con la empresa unipersonal del demandado, quien a su vez para cumplir con su trabajo contrataba los servicios de taxi del demandante con su propio motorizado; sin embargo, dicho contrato, fue suscrito entre Ecor Ltda., (Unitel) y el demandado, que nada tiene que ver con el demandante, quien no firma dicho contrato, quedando su persona al margen de ese contrato civil, contrato que no debió ser considerado como prueba de descargo, ya que no desvirtúa su pretensión