En el recurso de casación plateado, la recurrente denunció que: 1) Que el Tribunal de
III. VERIFICACIÓN DE LA PROBABLE VULNERACIÓN DE DERECHOS Y GARANTÍAS CONSTITUCIONALES
En el recurso de casación plateado, la recurrente denunció que: 1) Que el Tribunal de Sentencia, declaró el abandono de la acusación particular; y que a su vez, el Tribunal de apelación no consideró la prueba documental, acompañada al recurso de apelación restringida, que acreditaba el impedimento físico por el cual no se hizo presente en la audiencia de juicio oral; aspecto que, hubiera generado infracción a su derecho al debido proceso, derecho a la defensa e igualdad de las partes, a la seguridad jurídica y a otros derechos fundamentales, como es el derecho a la fundamentación correcta en las decisiones y fallos judiciales; y, 2) Lo propio ocurre con respecto a los motivos segundo, tercero y cuarto, referidos a la acusación que la Resolución de alzada vulneró el principio de verdad material de los hechos del cual fue víctima, el no haberse considerado los certificados médicos e informe pericial presentados, así como la existencia de incongruencia en la parte considerativa y valorativa de la sentencia, que tampoco fue considerado por el Tribunal de apelación; y finalmente, que no se aplicó el art. 308 del CP, concordante con la Ley 348 y por consiguiente el art. 365 del CPP, lo que hubiera vulnerado su derecho al debido proceso, defensa y legalidad, por lo que corresponde verificar dichos extremos
- Por memorial presentado el 16 de mayo de 2017, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- Sentencia 50/2016 de 22 de agosto (fs
- I.1.1. Motivos del recurso de casación
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 660/2017-RA de 4 de septiembre,
- Finalmente refiere, que no se aplicó la ley penal en su art
- I.1.3. Petitorio
- La recurrente solicita que se revoque el Auto de Vista emitido por la Sala Penal
- I.2. Admisión del recurso
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y precisado el ámbito de
- Refiere, que no se probó que el hecho acusado y otro sujeto NN, hubieran cometido
- Se llegó a la determinación de que el hecho no fue probado en audiencia de
- Por otra parte, señala que a la audiencia de juicio no se presentó ningún testigo
- II.2. De la apelación restringida
- Contra dicha Sentencia Reveca Vidaurre Mendoza, interpuso apelación restringida bajo los siguientes argumentos
- También denunció la insuficiente fundamentación de la Sentencia o que esta sea insuficiente o contradictoria,
- Señala que en la Sentencia existió contradicción entre la parte considerativa y la dispositiva, configurando
- La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, declaró improcedente el recurso
- En el tercer punto identificado por el Tribunal de alzada, el recurrente alega una supuesta
- La recurrente; por otro lado, manifiesta que las pruebas testificales de descargo fueron parcializadas a
- Expresa también la recurrente, que la Sentencia recurrida incurrió en el defecto previsto por el
- Con relación al supuesto defecto de la Sentencia, establecido en el art
- En el recurso de casación plateado, la recurrente denunció que: 1) Que el Tribunal de
- III.1.Obligación de los Tribunales de emitir resoluciones fundadas en derecho y motivadas adecuadamente
- Por otra parte, la fundamentación y motivación de Resoluciones implica el deber jurídico de explicar
- III.2. Análisis del caso concreto
- Respecto de las denuncias realizadas por la parte recurrente, es preciso evidenciar si existió la
- Por otro lado, con relación a que el Auto de Vista no se consideró la
- Asimismo, la recurrente refiere que tampoco fue considerado por el Tribunal de apelación la aplicación
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación de lo previsto por el
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
