También se refiere al art
También se refiere al art. 14 del DS 27543 que señala: “En el caso de inexistencia de planillas y comprobantes de pago en los archivos del SENASIR, del periodo comprendido entre enero de 1957 y abril de 1997, el SENASIR certificará los aportes con la documentación que cursa en el expediente del asegurado, a la fecha de publicación del presente Decreto Supremo, bajo presunción juris tantum. Los documentos serán uno o más de los siguientes: Finiquitos, Certificados de Trabajo, boletas de pago o planillas de haberes partes de filiación y baja de las Cajas de Salud respectivas…”
- La Comisión Nacional de Prestaciones del Sistema de Reparto, el 11 de noviembre de 2013,
- Contra esta decisión, por escrito de fs
- Dentro el plazo previsto por ley, contra la referida decisión asumida por la Comisión de
- Que el Auto de Vista, contiene una errónea interpretación y aplicación de normas legales, la
- SENASIR, mediante su representante, acusa que estos criterios serían subjetivos, siendo lo evidente y real
- El Auto de Vista radica su fundamento en el art
- Que el Auto de Vista vulnera la facultad de revisión y recuperación del SENASIR, e
- Al ser un ente gestor lo único que hizo es ejercer su competencia otorgada por
- Que el Auto de Vista, interpreta de manera nominal y superficial el art
- La resolución de alzada vulnera el carácter obligatorio de las disposiciones sociales
- En su petitorio, solicita que este Tribunal case el Auto de Vista 40/2016 y deliberando
- El art
- Luego de estas precisiones jurídicas, a continuación corresponde resolver cada uno de los agravios
- También se refiere al art
- Finalmente hace referencia a los arts
- El SENASIR, no es preciso respecto a la manera en la que presuntamente el Tribunal
- Este razonamiento es coherente con la jurisprudencia emitida por este Tribunal, con relación al alcance
- El análisis pormenorizado de los antecedentes descritos, nos lleva al razonamiento y a la certeza
- El SENASIR, refiere que el Auto de Vista habría vulnerado la facultad de revisión y
- La entidad ahora recurrente, debe acreditar de manera objetiva y documental que el año 1998,
- Con relación a la infracción de la norma referente al sistema de pensiones y la
- La renta de vejez, al contener una relación exclusiva con el derecho a la vida
- Sin costas en aplicación del art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
