Auto Supremo AS/0210/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0210/2018

Fecha: 07-May-2018

En conocimiento del Auto de Vista Nº 225/2016 de 18 de noviembre, la Cooperativa Agropecuaria

En conocimiento del Auto de Vista Nº 225/2016 de 18 de noviembre, la Cooperativa Agropecuaria "1ro de septiembre Bermejo Ltda.", formuló recurso de casación en el fondo, señalando lo siguiente:
1.- El Tribunal de alzada omite dar cumplimiento al mandato del art. 123 de la Constitución Política del Estado (CPE), que determina que la ley solo dispone para lo venidero y no tiene efectos retroactivos, excepto en materia laboral, cuando lo determine expresamente la norma legal; disponiendo el art. 120 de la Ley General del Trabajo (LGT), que las acciones y derechos provenientes de la ley, se extinguen en el término de dos años de haber nacido; es decir, que ha prescrito el derecho a demandar la revisión de los finiquitos hasta el año 2007, conforme determina la normativa señalada en estricta sujeción al mandato del art. 48-IV de la norma suprema, por lo que, la imprescriptibilidad es aplicable a dos años anteriores a la promulgación de la Constitución Política del Estado de 7 de febrero de 2009, y al disponer la reliquidación de las indemnizaciones pagadas de las gestiones 2000 hasta 2007, se vulneran las normas legales referidas