Auto Supremo AS/0281/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0281/2018-RA

Fecha: 04-May-2018

En los argumentos esgrimidos en el recurso, sobre el particular, en relación a la inobservancia


En los argumentos esgrimidos en el recurso, sobre el particular, en relación a la inobservancia de los arts. 11 inc. 2) y 15 del CP, el recurrente ha invocado en primer término como parte del desarrollo de la contradicción requerida por el art. 416 y 417 del CPP, el Auto Supremo 36 de 20 de junio de 1941, el cual ha sido dictado con el antiguo sistema procesal penal, debiéndose considerar al respecto, que el precedente carece de vigencia y temporalidad, ya que fue emitido ni siquiera durante la validez del antiguo Código de Procedimiento Penal de 1972, y por imperio del art. 416 del CPP, no es considerado como precedente contradictorio, debiéndose tomar en cuenta que la vigencia del actual sistema procesal penal data del 25 de marzo de 1999, bajo cuya etapa de entrada en vigor fue emitida la diferente doctrina legal por parte de la extinta Corte Suprema de Justica y actual Tribunal Supremo de Justica, por lo que no puede ser considerado como precedente para realizar la labor de contraste por parte del Tribunal Supremo de Justicia