Auto Supremo AS/0314/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0314/2018-RRC

Fecha: 15-May-2018

“De los elementos constitutivos del tipo penal establecido en el art


Al haber incurrido el Tribunal Unipersonal de Sentencia en "error injudicando" al condenar al imputado por el delito de "cheque en descubierto" (artículo 204 del Código Penal) no obstante la existencia de falta de tipicidad, por inexistencia de "interpelación personal" como efecto del supuesto delito cometido, siendo evidente la existencia de "error injudicando "que debió ser advertido por el Tribunal de alzada, corresponde al Supremo Tribunal, en aplicación del segundo periodo del artículo 419 del Código de Procedimiento Penal, dejar sin efecto el Auto de Vista impugnado y disponer que la misma Sala Penal Primera del Distrito de Santa Cruz pronuncie nuevo Auto de Vista tomando en cuenta la línea doctrinal sentada en cuanto a la infracción de norma penal sustantiva.”

Bajo una similar óptica y en congruencia con la comprensión antes enunciada, la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia a través del Auto Supremo 749/2015-RRC-L de 12 de octubre, orientó la consideración que el delito contenido en el art 204 del CP, no se consuma con la sola otorgación del título valor cuestionado, sino tiene un espacio intermedio en el que la negativa de pago debe ser exteriorizada, de tal cuenta esta Resolución Suprema expresó:

“De los elementos constitutivos del tipo penal establecido en el art. 204 del CP, el específico tópico referido a la conminatoria legal al girador otorgándole el término legal para su pago, es el elemento de consumación del delito,  al mencionar: “El que girare un cheque sin tener la suficiente provisión de fondos o autorización expresa para girar en descubierto, y no abonare su importe dentro de los setenta y dos horas de habérsele comunicado la falta de pago mediante aviso bancario, comunicación del tenedor o cualquier otra forma documentada de interpelación, será sancionado con reclusión de uno a cuatro años y con multa de treinta a cien días