Auto Supremo AS/0331/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0331/2018

Fecha: 02-May-2018

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Además, se advierte que el fondo de la discusión se centra en determinar si hubo o no una correcta valoración de la prueba, labor que no corresponde al Tribunal de casación excepto si se denuncia error de hecho o de derecho, por lo que al no haberse demostrado el perjuicio ni establecido de qué manera se hubiera vulnerando el debido proceso, se concluye que los miembros del Tribunal Ad quem a tiempo de emitir su Auto de Vista no han incurrido en ninguna de las situaciones acusadas por la parte recurrente.
4. Con relación a la errónea aplicación del art. 549 del Código Civil en cuanto al objeto, la forma y la causa