Auto Supremo AS/0331/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0331/2018

Fecha: 02-May-2018

No se regula honorario profesional por no haberse contestado el recurso de casación

POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42 núm. 1) de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010 y en aplicación del art. 220.II de la Ley Nº 439 Código Procesal Civil, declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 251 a 255 vta., interpuesto por Livan Ismael Mogrovejo Castro contra el Auto de Vista Nº 15/2017 de 03 de febrero que cursa de fs. 247 a 249, pronunciado por la Sala Civil – Comercial, Familiar, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar, Doméstica y Pública Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz.
No se regula honorario profesional por no haberse contestado el recurso de casación