Auto Supremo AS/0341/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0341/2018-RRC

Fecha: 18-May-2018

En cuanto, al tercer motivo de apelación que a decir de los impugnantes, no hubiera


En cuanto, al tercer motivo de apelación que a decir de los impugnantes, no hubiera merecido una correcta fundamentación, los imputados señalan que en alzada cuestionaron la valoración de las pruebas MP-D3 y MP-D4, que consistirían en entrevistas policiales que no cumplirían los principios de inmediación y contradicción, así como tampoco hubiese existido un testigo presencial del hecho, denuncia sobre la cual el Tribunal de apelación hubiera señalado que las cuestionadas pruebas no incidieron en la valoración integral para determinar el hecho y la participación de los acusados, pues la Sentencia tendría sustento en la prueba consistente en DVD y los informes psicológicos de las víctimas; argumento del Ad quem que es coherente con la circunstancia alegada, por la cual los imputados señalaron que el Tribunal de Sentencia fundó su resolución en las pruebas cuestionadas, las cuales hubieran sido consideradas como nuclear; aspecto que, fue desvirtuado por el de alzada y cuyo razonamiento es claro y lógico. Asimismo se agrega, que toda prueba judicializada debe ser necesariamente valorado por el Tribunal de apelación, no pudiendo desecharlas por falta de cumplimiento de requisitos formales, pues en dicho caso, las partes deben plantear oportunamente las exclusiones probatorias antes de que la prueba sea incorporada al proceso, así lo prevé el art. 407 del CPP