iii
ii.El Tribunal de apelación no consideró que en la valoración de la prueba, la Juez aplicó su prudente criterio, vulnerando nuevamente el principio de legalidad y seguridad jurídica, pues dejó de lado el sistema de valoración de la prueba tasada y aplicó un método que no forma parte del sistema de valoración de la sana crítica.
iii.Acusó que el Tribunal de apelación ni siquiera se tomó la molestia de analizar la situación del supuesto 50% de acciones y derechos sobre el bien inmueble objeto de la litis, porque de acuerdo con el art. 101 del Código de Familia de 1988, la Sentencia de divorcio hizo partible el bien inmueble, habiendo confesado Jaime Albarracín Moya que vendió el 50% de sus acciones y derechos, dicha venta es plenamente válida
iii.Acusó que el Tribunal de apelación ni siquiera se tomó la molestia de analizar la situación del supuesto 50% de acciones y derechos sobre el bien inmueble objeto de la litis, porque de acuerdo con el art. 101 del Código de Familia de 1988, la Sentencia de divorcio hizo partible el bien inmueble, habiendo confesado Jaime Albarracín Moya que vendió el 50% de sus acciones y derechos, dicha venta es plenamente válida
- Partes: Aydeé Meneces de Albarracín. c/ Jaime Albarracín Moya
- CONSIDERANDO II
- 2
- II.2. RECURSO DE CASACIÓN PLANTEADO POR JAIME ALBARRACÍN MOYA
- Solicitó se case el Auto de Vista de 22 de septiembre de 2016
- II.3. RESPUESTA AL RECURSO DE CASACIÓN
- Pidió se declare improcedente el recurso de casación de Jaime Albarracín Moya e infundado el
- CONSIDERANDO III
- A efectos de una mayor comprensión de esta norma, nos remitiremos al comentario que hace
- La enajenación de su cuota es una facultad que cada copropietario puede ejercer por cualquier
- Por su parte el profesor Zeballos La Fuente sobre el mismo tema señala: “todo
- CONSIDERANDO IV
- iii
- 1)Los vocales pretenden proteger a la juez cuando indican que puede aplicar su sano juicio
- IV
- La revisión del Auto de Vista motivo de la presente impugnación, evidencia que el ad
- 5
- El recurrente señala que los vocales pretenden proteger a la Juez cuando indican que puede
- Relator: Mgdo. Dr. Marco Ernesto Jaimes Molina.
