Al respecto y para probar la incorrecta aplicación del art
Al respecto y para probar la incorrecta aplicación del art. 339 del CC, es esencial destacar que esta disposición forma parte del Contrato de Obra de forma automática, lo que se afirma sobre la base de lo previsto en el art. 466 del CC, por lo que siendo una consecuencia del incumplimiento el resarcimiento del daño, corresponde inferir que el mismo se origina por el incumplimiento de una de las partes contratantes, por lo que en relación a la responsabilidad por el pago de los Gastos Generales, corresponde atribuir la responsabilidad a la entidad demandante, en mérito que se declara y reconoce en la sentencia que se produjo en incumplimiento contractual, incurriendo en la prohibición prevista en el art. 40. d) del DS Nº 181
- Que, tramitado el proceso de referencia, la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del
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- La referida sentencia, motivó a la parte demandante, a interponer el recurso de casación en
- Por consiguiente, existiendo una resolución de contrato por una causa atribuible a la entidad contratante,
- Sostuvo que en la sentencia se enfatizó que no corresponde el pago de daños y
- Al respecto y para probar la incorrecta aplicación del art
- En consecuencia y no obstante lo señalado, cada suspensión de trabajo, fue formalizada con el
- Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia, case parcialmente la sentencia en cuanto
- II.1 Fundamentos jurídicos del fallo
- En el caso objeto de análisis, la controversia se circunscribe en dilucidar si corresponde reconocer
- En este contexto, analizados los antecedentes que informan al proceso, de fs
- Como consecuencia del citado contrato, se emitió la Orden de Proceder el 21 de octubre
- Por otra parte, también, cursa en obrados la ampliación de la demanda de fs
- En tal sentido, de fs
- En este contexto, la efectiva resolución del contrato aludido se realizó el 21 de marzo
- Sobre el tema, corresponde considerar dos conceptos muy diferentes como el lucro cesante y el
- En el caso presente, se evidencia que existe un incumplimiento de contrato respecto al pago
- En este contexto, en cuanto a la solicitud de pago de Gastos Generales, de antecedentes,
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
