Auto Supremo AS/0393/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0393/2018-RRC

Fecha: 11-Jun-2018

Con relación a las pruebas de descargo como PD-1 a PD-8, a criterio del Tribunal,


Con relación a las pruebas de descargo como PD-1 a PD-8, a criterio del Tribunal, son impertinentes al proceso, siendo que ya se ha demostrado anteriormente que acusado se encuentra en posesión del inmueble y no la víctima, pero también se tiene establecido que el acusado no tiene ningún elemento de prueba que permita sustentar una legítima posesión del mismo, lo que al contrario la víctima si tiene. El mismo sentido se otorga a las pruebas documentales PD-11 y PD-10, consistentes en transferencias de inmuebles que la víctima hubiera realizado a un tercero, quién refirió que no hubo comprado los inmuebles. Respecto a la prueba MP-13, resulta intrascendente