Auto Supremo AS/0428/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0428/2018-RRC

Fecha: 13-Jun-2018

Añade, que la Sentencia motivó y fundamentó las razones de la decisión, explicando de manera


Añade, que la Sentencia motivó y fundamentó las razones de la decisión, explicando de manera clara y congruente, bajo una estructura lógica y racional, el porqué de la decisión asumida, no encontrándose en la Sentencia ninguna incongruencia argumentativa, ni siquiera al relacionar el desgarro himeneal con los toques impúdicos tomadas en cuenta, hará determinar el toque de las partes íntimas de la víctima por el agresor, lo que hace que tenga vinculación con una Violación y no solo de toques libidinosos, quedando demostrado la culpabilidad del acusado al concurrir los tres elementos que lo componen desde el punto de vista de la teoría finalista: la imputabilidad, el conocimiento de la antijuricidad del hecho cometido y la exigibilidad de otra conducta, lo que implica que el acusado tenía plena capacidad de culpabilidad, además de tener pleno conocimiento de que su conducta no estaba autorizada y que contravenía al orden jurídico, lesionando el bien jurídico protegido, que le era exigible abstenerse de cometer el delito, sabiendo las consecuencias penales, no pudiendo perderse el hecho ilícito y la calidad de la víctima, cuyos derechos se hallan prioritariamente amparados en el art. 60 de la CPE y arts. 5, 7 y 8 del Código Niño, Niña y Adolescente (CNNA), por lo que concluye que no se le causó indefensión alguna, no existiendo los defectos del art. 370 incs. 1), 3), 4), 5) y 6) del CPP