Auto Supremo AS/0428/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0428/2018-RRC

Fecha: 13-Jun-2018

Por los argumentos expuestos, se tiene que el Tribunal de alzada respecto a este motivo


Por los argumentos expuestos, se tiene que el Tribunal de alzada respecto a este motivo no incurrió en contradicción con el precedente invocado; toda vez, que constató que la Sentencia no incurrió en el defecto del art. 370 inc. 3) del CPP; puesto que, contiene la fundamentación debida, en el que evidenció, la determinación circunstanciada de los hechos; además que de la valoración probatoria, tenía como hechos probados, la última fecha de la agresión sexual el 20 de noviembre de 2014 y que el agresor fue el recurrente, por lo que confirmó la Sentencia; consecuentemente, el motivo analizado deviene infundado