Auto Supremo AS/0433/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0433/2018-RRC

Fecha: 13-Jun-2018

II.3. De apelación restringida


Está probado la participación de los acusados por el acta de reconocimiento de personas donde la victima plenamente reconocer a los acusados y en audiencia de juicio oral también reconoció a los acusados e indicó q individualizó la participación en el hecho ilícito de cada uno de ellos los acusados, indicando que los sujetos que ingresaron a su cuarto eran tres personas Víctor Hugo Aguilar Serrudo quien lo apuntaba con el arma de fuego gritando que lo iba a matar, detrás de él se encontraba Juan Daniel Molina, quien sacó la llave de su motorizado y su dinero en la suma de BS. 10.000.- (diez mil bolivianos) y $us. 740.- (setecientos cuarenta dólares estadounidenses) que se encontraba en su pantalón; también lo agredió físicamente y Carlos Eduardo Aguilar Serrudo, fue la persona que llevaba los objetos de valor a la movilidad y se fue con el señor Avelino Molina, que ya se encuentra sentenciado y había otras personas más, sacado los objetos que se encontraban en la propiedad como televisores, motores, ropa, zapatos, entre otras cosas de valor que cargaron en vehículo Toyota (que fue robada) y lo que sobró lo cargaron e el vehículo que llegaron los acusados (Toyota de color blanco) el señor Víctor Hugo Serrudo, era quien ordenaba y dirigía a los demás acusados entre ellos a Juan Daniel Molina, Carlos Eduardo Aguilar Serrudo” (sic).

II.3. De apelación restringida