La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en juicio de admisibilidad, pronunció el Auto
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en juicio de admisibilidad, pronunció el Auto Supremo 188/2018-RA de 21 de marzo, por medio del cual declaró la inadmisibilidad de los recursos de casación de interpuestos por el Ministerio Público, y Juan Daniel Molina Serrudo; así como declarar admisible el recurso planteado por Romel Benjamín Ortuño Tordoya, para su análisis de fondo conforme los siguientes parámetros:
Romel Benjamín Ortuño Tordoya, expresa el Auto de Vista no debió considerar como prejuzgamiento los fundamentos de la Sentencia de procedimiento abreviado, pues el acuerdo suscrito entre el acusado Avelino Molina Roca y el Ministerio Público, se basó en la aceptación voluntaria de su responsabilidad y culpabilidad en el hecho enjuiciado. Añade que la aplicación de un procedimiento abreviado como forma extraordinaria de finalización del proceso, no extingue ni suspende el ejercicio de la acción penal pública, situación que sumada a varios aspectos sobre las características de esa salida alternativa, llevaron al recurrente a afirmar que “los jueces del tribunal en ningún momento vertieron opinión en cuanto a los otros acusados” (sic). En la tramitación, del juicio oral fueron producidas las pruebas que dieron convicción a los hechos probados; sin embargo, a criterio de los Vocales de la Sala Penal Segunda, los miembros del Tribunal de Sentencia debieron alejarse del conocimiento de la causa, aspecto que no era pertinente por la admisión verosímil de culpabilidad del imputado Molina Roca y la renuncia voluntaria al juicio oral. Invoca como precedente contradictorio el Auto Supremo 331/16-RRC de 21 de abril de 2016
- Por memorial presentado el 31 de octubre de 2017, de fs
- I.1. Antecedentes
- Por Sentencia 25/2017 de 5 de junio de 2017 (fs
- Contra la mencionada Sentencia, los imputados (fs
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en juicio de admisibilidad, pronunció el Auto
- El recurrente afirma que el Tribunal de apelación no observó las reglas del debido proceso
- I.1.2. Petitorio
- Solicita que previa concesión de su recurso se declare su procedencia y constatándose contradicción con
- II.1. Acusación y juicio oral
- Por requerimiento conclusivo de 20 de octubre de 2014 (fs
- II.1.1. Requerimiento de aplicación de Procedimiento Abreviado - Sentencia 14/2016 de 28 de marzo
- En el marco de la Ley de Descongestionamiento y Efectivización del Sistema Procesal Penal (L586),
- La Sentencia que hace título a este apartado (fs
- La fundamentación fáctica da cuenta que: “…revisado el extracto de llamadas se puede evidenciar que
- Por informe de los investigadores asignados al caso se emite y ejecuta requerimiento de aprehensión
- Por las investigaciones realizadas se tiene que Avelino Roca, se encargaba de trasladar a los
- El 5 de junio de 2017, el Tribunal Primero de Sentencia del Distrito Judicial de
- II.3. De apelación restringida
- Víctor Aguilar Serrudo, Carlos Eduardo Aguilar Serrudo y Juan Daniel Molina Serrudo, interpusieron recurso de
- “error en la valoración de la prueba” (sic) cuestionando una presunta falta de objetividad en
- “defecto absoluto; evidencia de sentencia sin criterios sólidos que fundamenten la valoración de la prueba”
- “defecto absoluto: resolución incompleta con respecto a la sentencia” (sic) al no existir nexo causal
- Falta de individualización del imputado [art
- Defecto de la sentencia inmerso en el art
- Defecto de la sentencia contenido en el art
- Bojo el epígrafe de “Auto Supremo N° 414/2014 Fecha: Sucre, 23 de septiembre de 2014
- Previa realización de audiencia de fundamentación oral (acta de fs
- En casación el recurrente acusa que el Auto de Vista 75 de 12 de octubre
- III.1. Procedimiento Abreviado – naturaleza y oportunidad procesal
- El Procedimiento Abreviado como salida alternativa dentro de la legislación nacional, no constituye de modo
- La aplicación esta salida alternativa, tiene como base que el acusado reconozca haber cometido el
- III.2.Doctrina legal aplicable contenida en los precedentes contradictorios invocados
- Añadiendo además que: “…el Tribunal de alzada tiene la atribución de verificar la correcta valoración
- Auto Supremo 141 de 22 de abril de 2006
- Dictado dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y otras contra JAM, por
- Que el Tribunal de Apelación al circunscribir su competencia a los puntos impugnados o a
- III.3. Análisis del caso en concreto
- III
- En perspectiva, a fines de procedimiento y para esclarecer los motivos mismos del presente trámite
- Abierta la competencia del Tribunal de sentencia, en el trayecto de actos previos a la
- Si se tiene presente que el juzgamiento en materia penal ronda la probanza o no
- De hecho el procedimiento abreviado, constituye una facultad privativa del Ministerio Público solamente supeditada al
- Entonces, el Juez Natural debe ser imparcial, competente e independiente, donde la imparcialidad, no puede
- El Tribunal de apelación sostiene el criterio que el contenido de la Sentencia de procedimiento
- Del juicio oral, se espera como resultado un análisis jurídico de las circunstancias del hecho
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- A los efectos de lo previsto por el art
- En aplicación del art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
